De lo que evitan hablar nuestros líderes políticos

NPNJ

En los disturbios de Los Ángeles de 1992, también conocidos como la revuelta de Rodney King, o los disturbios de Rodney King, uno de los lemas que reflejó la indignación de la población de color que se sintió maltratada por las autoridades fue: Sin justicia no hay paz. En España, una petición tan elemental, tan consustancial con el anhelo universal de la Humanidad de vivir en sociedades en las que impere la justicia, no es considerada, ni exigida, ni puesta en práctica si quien la invoca es la propia sociedad ultrajada por manifiestas injusticias cometidas desde ámbitos políticos, económicos y/o judiciales.

Me da la impresión que el planteamiento parece ser exactamente el contrario, si queremos “paz” ha de haber “injusticia” ya que, hoy día en nuestro país las instituciones del Poder Judicial  parecen estar subordinadas a los grandes partidos políticos, ya que sus máximos órganos directivos son elegidos por éstos en base a cuotas electorales. Lo que implica que el sistema político-institucional del 78 tenga apariencia democrática desde una perspectiva formal de las cosas, lo que no parece suceder desde un punto de vista funcional-relacional; tal y como suele pasar en muchas de nuestras prácticas sociales.

Básicamente el Poder Judicial en España consta de cuatro órganos colegiados principales:

 

·         El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ): Es el encargado del correcto funcionamiento de los juzgados y tribunales de justicia, y de que la Justicia sea rápida, eficaz, justa (valga la redundancia), etcétera.

 

·         Tribunal Supremo (TS): Es el tribunal de justicia más importante. Es el último órgano judicial al que puede recurrir un ciudadano para salvaguardar sus derechos. No hay ningún órgano por encima del Tribunal Supremo al que se pueda recurrir, por eso sus decisiones son tan importantes.

 

·         Tribunal Constitucional (TC): En realidad no pertenece al Poder Judicial. Se encarga de que se cumpla la Constitución siempre y en todo momento. Puede entrar en conflicto con el Tribunal Supremo, si este toma alguna decisión contraria a la Constitución. Pero no está por encima de él, sino que se encarga de vigilar un aspecto muy concreto, y muy importante, como es el cumplimiento de la Constitución.

 

·         Fiscalía General del Estado (FGE): Se encarga de representar los intereses de los ciudadanos, dirigiendo las investigaciones de los hechos que puedan ser delitos, proteger a las víctimas y testigos, ejercer la acción penal pública, etcétera.

 

Como puede verse por sus funciones, los cuatro órganos son de la máxima importancia. Por tanto, los ciudadanos deberían elegir por voto directo a las personas que van a organizar y gestionar el Poder Judicial (CGPJ), a las que van a tomar las decisiones últimas en todos los conflictos (TS), a las que van a interpretar la Constitución (TC) y a las que van a defender sus intereses y derechos (FGE).

 PJ

Actualmente, las formas de nombrar a los miembros de estos cuatro órganos es bastante farragosa, ya que (en mi opinión) se diseñaron para generar confusión e intentar ocultar a una gran parte de la población la flagrante violación de la separación de poderes que se estaba cometiendo. En la práctica, estos cuatro órganos son simples marionetas de los principales partidos políticos, ya que de forma directa o indirecta son los grandes partidos políticos los que nombran a los miembros de todos estos órganos.

 

Por tanto, la independencia de estos órganos directivos es nula, ya que si alguno de estos miembros no cumple las órdenes de aquellos que le han nombrado será relevado de su puesto, y tendrá muy difícil, o imposible, seguir viviendo de los impuestos que se cobran a los ciudadanos en otros cargos públicos el resto de su vida.

 

Mira por donde que nuestros dos líderes políticos emergentes tampoco hicieran ninguna alusión a posibles propuestas de mejora al respecto durante el tan publicitado debate de la nueva temporada de “Salvados”, que arrancó el pasado domingo en La Sexta.  Esto demuestra la falta de voluntad de cambio de nuestra clase política ante esta flagrante falta de democratización del poder judicial y por extensión de los poderes públicos.

 

Una idea al respecto, véase Constitución Española de 1978.- Artículo 1.2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado. Para llevar a buen puerto este tipo de iniciativas sería conveniente no caer en las consabidas monsergas que suelen apelar a los modelos establecidos en nuestro entorno geopolítico inmediato y otro tipo de sandeces por el estilo que van orientadas a perpetuar la dependencia del poder judicial de las élites políticas y otras estructuras solapadas al estado. Creo que ya es tiempo de hacer realidad eso de la independencia de poderes que propugnaba el liberalismo; es decir que los/as jueces sean elegidos/as por el pueblo y que éstos/as puedan elegir a sus órganos de representación.

 



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